EL ALCALDE
Atribuciones
El Alcalde, don Teodoro Claret Sosa Monzón es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones:
Corresponde asimismo al Alcalde el nombramiento de los Tenientes de Alcalde.
El Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo las de convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidir los empates con el voto de calidad, la concertación de operaciones de crédito, la jefatura superior de todo el personal, la separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral, y las enunciadas en los párrafos a), e), j), k), l) y m) del apartado 1 de este artículo. No obstante, podrá delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las atribuciones contempladas en el párrafo j).
EL PLENO
El Pleno municipal es el lugar de reunión de los miembros electos del Ayuntamiento o concejales, localizado en las Casas Consistoriales. Gáldar cuenta con 21 concejales electos. Este órgano de deliberación celebra plenos ordinarios y extraordinarios. Los ordinarios tienen lugar el último jueves de cada mes. Los concejales preparan previamente los asuntos que se tratan en las sesiones plenarias en las comisiones de gobernación e informativas.
Composición
ALCALDE-PRESIDENTE: Don Teodoro Claret Sosa Monzón
Periodicidad de las sesiones
Las sesiones ordinarias del Pleno se celebran el último jueves de cada mes en primera convocatoria y hora de las diecinueve horas y treinta minutos (19:30) y en segunda convocatoria entre los dos días antes o entre los dos días después a la misma hora, como regla general será dos días después.
Los meses de julio y diciembre se celebrarán a las 09:00 horas,y en segunda convocatoria entre los dos días antes o entre los dos días después a la misma hora. Puede comprobar el régimen de sesiones del Pleno y las Comisiones
Atribuciones
Corresponden, en todo caso, al Pleno municipal en los Ayuntamientos, y a la Asamblea vecinal en el régimen de Concejo Abierto, las siguientes atribuciones:
Corresponde, igualmente, al Pleno la votación sobre la moción de censura al Alcalde y sobre la cuestión de confianza planteada por el mismo, que serán públicas y se realizarán mediante llamamiento nominal en todo caso, y se rigen por lo dispuesto en la legislación electoral general. El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local, salvo las enunciadas en el apartado 2, párrafos a), b), c), d), e), f), g), h), i), l) y p), y en el apartado 3 de este artículo.
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
Presidencia: Teodoro C. Sosa Monzón
MIEMBROS
Periodicidad de las sesiones
La Junta de Gobierno Local se celebrará todos los martes a las nueve horas (09:00) en primera convocatoria y los jueves a la misma hora en segunda convocatoria. Si fuera festivo el martes, se hará el día posterior y si fuera festivo el jueves se hará el día siguiente, es decir, viernes, siempre a la misma hora que en primera convocatoria.
Atribuciones
Organización de la Junta de Gobierno Local. (Art. 23 Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local) Corresponde a la Junta de Gobierno Local:
Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales.
El Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales, aunque no pertenecieran a aquélla.
COMISIONES
Las Comisiones Informativas, integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Comisión de Gobierno cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.
En la legislatura 2023-2027 se han creado las siguientes comisiones informativas: